Si usted ya es ciudadano italiano, sus hijos menores también lo son, pero debe inscribirlos. Nos encargamos de preparar y presentar la carpeta de transcripción de su hijo, cumpliendo con las nuevas leyes, para asegurar su registro antes de que cumpla los 18 años.
Contáctenos para agendar una primera consulta y analizar en detalle su línea de descendencia.
Si usted ya es ciudadano italiano, sus hijos menores de 18 años son automáticamente ciudadanos italianos por ley.
Sin embargo, esa ciudadanía no es “oficial” hasta que usted no cumple con su obligación de registrarlos ante el Estado italiano. Este trámite no es para “solicitar” su ciudadanía, sino para “declarar” su nacimiento y actualizar su registro civil (AIRE).
Este servicio es fundamental, ya que si no inscribe a su hijo antes de que cumpla los 18 años, él perderá el derecho automático y deberá realizar el trámite completo de reconstrucción de ciudadanía desde cero.
Aviso Importante (Reforma 2025): Con las nuevas normativas (Ley 74/2025 y circulares), el proceso de inscripción se ha vuelto más estricto. La simple presentación del acta ya no es suficiente en todos los casos; ahora se exigen declaraciones de voluntad y el cumplimiento de nuevos requisitos para menores nacidos fuera de Italia.
No. La inscripción (transcripción del acta de nacimiento) es un trámite que realiza el padre o madre ciudadano italiano. El menor no necesita asistir. Una vez que el menor esté inscrito, sí deberá asistir presencialmente para la cita de emisión de su pasaporte.
No importa en absoluto. La ciudadanía Iure Sanguinis se transmite por uno solo de los padres. Lo único que se necesita del progenitor no italiano es su firma en ciertos formularios y, posteriormente, el consentimiento (Atto di Assenso) para la emisión del pasaporte del menor.
Está en una situación crítica y debe actuar de inmediato. El trámite debe completarse antes de que cumpla los 18 años. Si cumple la mayoría de edad durante el proceso, pierde el derecho automático. Contáctenos con urgencia.
La nueva circular (59/2025) que implementa la Ley 74/2025 establece que los menores nacidos fuera de Italia ya no adquieren la ciudadanía de forma totalmente automática. Ahora, los padres deben hacer una "declaración de voluntad" expresa para transmitirla y presentar la solicitud formalmente. Es un paso burocrático adicional que antes no se requería y que debe hacerse correctamente.
No. Este servicio es exclusivamente para hijos menores de 18 años. Su cónyuge no es ciudadano italiano automáticamente; él o ella debe solicitar la ciudadanía por matrimonio (Iure Matrimonii) en un proceso separado que requiere tiempo de casados y un examen de idioma.